¿Quién puede optar a esta subvención?
Podrán ser beneficiarios de las actuaciones descritas en la base 6 de las bases reguladoras, según la prioridad de inversión que le corresponda:
- Empresas, con independencia de su tamaño, especialmente las del sector servicios y las industriales.
- Titulares de viviendas, comunidades de propietarios y mancomunidades de propietarios.
Beneficios
Entre otros muchos, podemos destacar que los beneficios podrían ser los siguientes:
- Cumple con la normativa
- Benefíciate de esta subvención
- Reduce tus costes energéticos
- Mejora la sostenibilidad de tu empresa
- Aumenta tu competitividad en el mercado
- Mejora la sostenibilidad de tu vivienda
- Reduce tu consumo de energía convencional
Plazo y procedimiento
- El plazo para presentar las solicitudes es de 30 días naturales, a partir del martes 15 mayo de 2018.
- La presentación de solicitudes se realizarán a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento: https://sede.gobcan.es/sede/tramites/5174.
Departamento de Eficiencia Energética de Insiteca
¿Te ayudamos a cumplir con la normativa, a reducir los costes energéticos y a mejorar la sostenibilidad de tu empresa, aumentando su competitividad en el mercado, y a mejorar la sostenibilidad de tu vivienda reduciendo su consumo de energía convencional?
Tenemos una dilatada experiencia y un equipo totalmente cualificado y especializado en realizar estas labores. ¡Contacta con nosotros para más información!
Anuncio
Aquí dejamos el extracto por si necesitas consultarlo.