El pasado 10 de abril de 2025 se publicó en el BOE el Real Decreto 164/2025, que aprueba el nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales (RSCIEI). Esta normativa sustituye al anterior RD 2267/2004, que llevaba más de 20 años vigente.
Este cambio normativo no solo afecta a proyectos futuros, sino también a aquellos que ya están en curso o en fase de tramitación. Por eso, si estás trabajando en el diseño, ejecución o legalización de un establecimiento industrial, esto te interesa (y mucho).
Desde Insiteca Ingenieros te explicamos de forma clara y directa qué plazos y condiciones transitorias permite la normativa para aplicar el reglamento anterior en determinados casos.
¿A qué proyectos afecta el nuevo RSCIEI 2025?
La Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 164/2025 recoge tres supuestos clave que determinan si puedes aplicar aún el antiguo reglamento o si debes adaptarte al nuevo de forma obligatoria:
1. Proyectos con obras ya en ejecución
Si tu establecimiento industrial (de nueva planta, ampliación, modificación o rehabilitación) ya se encuentra en ejecución a fecha de entrada en vigor del RD 164/2025, podrás seguir aplicando el reglamento anterior (RD 2267/2004).
🔒 Plazo máximo: 4 años desde esa fecha para finalizar la obra y poner en marcha la actividad.
2. Proyectos con licencia solicitada antes de la entrada en vigor
Si ya habías solicitado la licencia municipal de obras antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento, también puedes acogerte al régimen anterior bajo estas condiciones:
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Las obras deben comenzar dentro del plazo de vigencia de la licencia, o como máximo en los 9 meses siguientes a su concesión.
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El plazo para finalizar y poner en marcha el proyecto es también de 4 años.
3. Aplicación facultativa del nuevo reglamento
Durante los seis meses posteriores a la entrada en vigor del nuevo RSCIEI, se podrá optar por seguir presentando proyectos conforme al reglamento anterior.
Pero atención: si eliges esta opción…
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La obra deberá iniciarse dentro del plazo de eficacia de la licencia, o como máximo en nueve meses desde su concesión.
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Si no cumples este plazo, el proyecto deberá adaptarse obligatoriamente al nuevo reglamento.
¿Qué debo hacer ahora si tengo un proyecto en marcha?
Te recomendamos:
1. Revisar inmediatamente en qué fase se encuentra tu proyecto.
2. Consultar con tu equipo técnico (o con nuestro equipo de ingeniería) si puedes beneficiarte del régimen transitorio.
3. Asegurar el cumplimiento de los plazos, especialmente si estás dentro del margen de aplicación voluntaria.
👷 ¿Necesitas ayuda para adaptar tu proyecto al nuevo RSCIEI?
En Insiteca Ingenieros contamos con experiencia en la aplicación normativa de seguridad industrial y contra incendios. Podemos ayudarte a evaluar tu situación, adaptar tu proyecto a la nueva normativa o aprovechar los plazos transitorios si aún es posible.
📩 Contáctanos para una revisión técnica o asesoramiento personalizado.